Las asesorías de empresa en Cheste tienen entre sus clientes a muchos
profesionales autónomos y a pymes que siempre se hacen la misma pregunta:
¿se debe o no se debe pagar IVA? Y es que desde la Asesoría Lacalle Tarín consideramos que es imprescindible conocer si es necesario o no incluir el 21% de IVA en las facturas que se expiden. A través de este post intentaremos dar algunas claves para dar respuesta a esta cuestión tan común.
El total de actividades u operaciones exentas de Impuesto del Valor Añadido las
recoge el artículo 20 de la Ley del IVA, aunque es tan larga que no podríamos incluirlas todas en este artículo. No obstante, vamos a enumerar algunas de las que se consideran más relevantes o habituales.
La exención de liquidar el IVA se da cuando se prestan servicios de docencia en entidades de derecho público o privadas (autorizadas por el Estado los comunidades autónomas) en educación en todas sus etapas, en Formación Profesional o en idiomas. Además, tampoco deben pagar IVA los trabajadores del sector de la sanidad, los artistas plásticos, periodistas que no trabajen en medios audiovisuales, escritores, músicos y traductores, entre otros.
Por otro lado, debemos subrayar que no se aplica el IVA en
operaciones y servicios relacionados con seguros, reaseguros y capitalización o en servicios de mediación prestados a personas físicas en diversas operaciones
financiaras. Además, se exime de este impuesto al arrendamiento de viviendas y
entrega de terrenos rústicos y no edificables.
En Asesoría Lacalle Tarín contamos con profesionales cualificados y con una amplia experiencia en asesorías de empresa en Cheste. Te ofreceremos toda la información que necesites desde el punto de vista fiscal para saber si en tu caso concreto estás o no obligado a liquidar el IVA. En caso afirmativo, también te asesoraremos durante todo el proceso. No lo dudes y consúltanos.